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¿Qué es una cooperativa?
Es una sociedad de personas que desarrolla una actividad empresarial y que adopta sus acuerdos de forma democrática (un/a socio/a un voto).
¿Cuál es el número mínimo de socios/as para constituirla?
- Para las Cooperativas Pequeñas: mínimo 2 socios/as trabajadores y máximo 10.
- Para Cooperativas No Pequeñas: mínimo 3 socios/as y sin límite máximo.
¿Cuál es el Capital Social mínimo para constituir una constituirla?
3.000 euros, desembolsados en el momento de la constitución (ya sea en metálico o en bienes)
¿Cuál es la responsabilidad de sus socios/as?
Su responsabilidad respecto a las deudas de la cooperativa está limitada a sus aportaciones al capital social suscritas.
¿Cómo se constituye una cooperativa?
Ante Notario, mediante escritura pública de constitución y se inscribirá en el Registro de Cooperativas de Euskadi.
¿Qué son los Estatutos Sociales?
Son reglas que regulan el funcionamiento de la cooperativa y que deben abordar los contenidos mínimos en la Ley de Cooperativas de Euskadi.
Los socios y las socias —en la Asamblea General— pueden y deben fijar libremente su contenido con los límites fijados en la Ley.
¿Qué es el Reglamento de Régimen Interno?
Son desarrollos del contenido de los Estatutos Sociales y pueden regular materias específicas que la Ley de Cooperativas contempla, como por ejemplo el régimen de trabajo o disciplinario de sus socios y socias.
No es obligatoria su existencia ni tiene que elevarse a Escritura Pública.
¿Qué Régimen de Seguridad Social se les aplica a sus socios y socias trabajadores/as?
El que la Cooperativa elija en sus Estatutos Sociales.
La Cooperativa puede optar, para todos sus socios y socias trabajadores/as, por su encuadramiento en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
¿Cuáles son los órganos sociales de una Cooperativa Pequeña?
· Asamblea General
· Órgano de Administración:
- Se debe optar entre las siguientes modalidades:
- Administrador Único
- Administradores Solidarios
- Administradores Mancomunados
- Consejo Rector
¿Tienen las cooperativas régimen fiscal propio?
Las Cooperativas se califican fiscalmente como Protegidas o Especialmente Protegidas en las Normas Forales que las regulan en cada Territorio Histórico.
Su tratamiento fiscal conlleva exenciones, bonificaciones y tratamiento específico en diferentes tributos, tales el Impuesto de Sociedades, el Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados o el IRPF.
¿Cómo se distribuyen los excedentes/resultados entre los socios/as?
De forma proporcional a la actividad cooperativizada de sus socios/as y en el caso de socios/as trabajadores/as en función del trabajo realizado por estos en cada ejercicio.
¿Cuáles son los principios cooperativos?
Son pautas mediante las cuales las cooperativas ponen en marcha sus valores.
- Adhesión voluntaria y abierta
- Gestión democrática por parte de los socios
- Participación económica de los socios
- Autonomía e independencia
- Educación, formación e información
- Cooperación entre cooperativas
- Interés por la comunidad
¿Cuáles son los valores cooperativos?
- Autoayuda
- Autorresponsabilidad
- Democracia
- Igualdad
- Equidad
- Solidaridad
- Valores éticos: honestidad, transparencia, responsabilidad y vocaciones sociales
¿Otras cuestiones?
Si desea ampliar esta información o consultar alguna duda, póngase en contacto con nosotros.
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